Tribunal Supremo se define hoy sobre la continuidad de Hugo Chávez
La Asamblea Nacional dio al presidente de Venezuela “todo el tiempo que necesite para atender su enfermedad” antes de asumir el nuevo mandato. Los jueces tienen que ratificar que la medida no es anticonstitucional, como denuncia la oposición
El Tribunal Supremo de Justicia(TSJ) venezolano brindará una conferencia de prensa este miércoles a las 9 de la mañana (hora local). Se presume que la presidente del máximo órgano del Poder Judicial, Luisa Estela Morales, se pronunciará sobre la prórroga de la fecha en que Hugo Chávez debe asumir su nuevo mandato.
Este martes, el vicepresidente Nicolás Maduro informó de manera oficial que Chávez no estaría en condiciones de asumir el 10 de enero, día previsto en la Carta Magna, por recomendación médica. La Asamblea Nacional aprobó entonces la solicitud de formalizar una fecha posterior de juramentación.
El presidente del Parlamento, Diosdado Cabello, expresó que le era concedido al mandatario “todo el tiempo que necesitara para atender su enfermedad” y prestar juramento “cuando la causa sobrevenida haya desaparecido”.
De acuerdo con lo que establece el artículo 231 de la Constitución Nacional, el candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente de la República el 10 de enero del primer año de su período constitucional mediante juramento ante la Asamblea Nacional.
Pero el mismo artículo agrega que si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia.
El cáncer que aqueja a Chávez desde hace un año y medio, y del que se recupera en La Habana tras sufrir una recaída y tener que ser intervenido quirúrgicamente, fue considerado un “motivo sobrevenido”.
Por otro lado, en los últimos días, referentes del chavismo han apostado a una “tesis de continuidad”. El domingo pasado, la procuradora general de la República, Cilia Flores, sostuvo que el bolivariano es “un presidente reelecto y no un candidato electo, lo cual marca una gran diferencia para poder entender e interpretar el artículo 231 de la Constitución Nacional”.
Bajo esta interpretación, Chávez no necesitaría juramentar el 10 de enero, dado que el mencionado artículo hace referencia “al primer año de su período constitucional”, según alegó Flores. Por lo tanto, ese día “no pasará nada”, sino que todo quedó definido el pasado 7 de octubre, cuando el bolivariano fue reelegido en su cargo.
Si el fallo del TSJ sigue esta línea, la ceremonia del jueves 10 de enero carecería de peso legal, por lo que Chávez podría comenzar su nuevo mandato en una fecha posterior.
Sin embargo, de acuerdo con un sector de la oposición, si Chávez no juramenta en el día pactado, deberá asumir Cabello a cargo del Poder Ejecutivo en calidad de presidente de la Asamblea Nacional, quien luego deberá convocar a elecciones.
La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) considera que, de otra forma, se estaría violando la Constitución Nacional, según advirtió a la Organización de Estados Americanos (OEA) mediante una carta remitida al secretario general, José Miguel Insulza.
“Proceder de otra manera constituye una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático, tal como fue diseñado en la Constitución de 1999”, alerta el texto de la MUD.
Desde el oficialismo rebatieron esta noción. "La única forma de que el presidente de la Asamblea Nacional asuma la Presidencia de la República es declarando falta absoluta (artículo 233). Ahí está el detalle”, indicó el ministro de Comunicación, Ernesto Villegas en Twitter. Será el TSJ quien emita la última palabra sobre el futuro inmediato de Venezuela.
Fuente: infobae.com
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